Incapacidad por enfermedad general
v1Ejemplo de AXIOMAComposición del método
Las fórmulas se ejecutan de arriba abajo. Un paso usa el resultado de otro anterior cuando lee una variable con el mismo nombre.
- Salario o ingreso base de cotización
- Salario mínimo del año
- Días de incapacidad
- Los dos primeros días
Paso 1: Fórmula Valor del día
- Usa
- Salario o ingreso base de cotizaciónentrada
- Produce
valor_dia
Paso 2: Fórmula Salario mínimo diario
- Usa
- Salario mínimo del añoentrada
- Produce
piso_dia
Paso 3: Fórmula Lo que paga la empresa
- Usa
- Días de incapacidadentrada
- Los dos primeros díasentrada
- Valor del díadel paso 1
- Salario mínimo diariodel paso 2
- Produce
pago_empresa
Paso 4: Fórmula Lo que paga la EPS
- Usa
- Días de incapacidadentrada
- Valor del díadel paso 1
- Salario mínimo diariodel paso 2
- Produce
pago_eps
Paso 5: Fórmula Lo que paga el fondo de pensiones
- Usa
- Días de incapacidadentrada
- Valor del díadel paso 1
- Salario mínimo diariodel paso 2
- Produce
pago_fondo
Paso 6: Fórmula Total de la incapacidad
- Usa
- Lo que paga la empresadel paso 3
- Lo que paga la EPSdel paso 4
- Lo que paga el fondo de pensionesdel paso 5
- Produce
total_incapacidad
valor_diapiso_diapago_empresapago_epspago_fondototal_incapacidad
salariosmmlvdias_incapacidaddias_inicialestotal_incapacidadCómo se calcula
Calcula cuánto pagan la empresa, la EPS y el fondo de pensiones por una incapacidad de origen común, con el piso del salario mínimo de 2026.
Los dos primeros días de una incapacidad por enfermedad general los paga la empresa y desde el tercero la EPS, a dos tercios del salario hasta el día 90 y a la mitad del 91 al 180. Desde el día 181 paga el fondo de pensiones, con la misma mitad. Ningún día puede pagarse por debajo del salario mínimo diario: 58.363,50 pesos en 2026.
Las fórmulas que se ejecutan, en orden
- Valor del día
valor_dia = salario / 30 - Salario mínimo diario
piso_dia = smmlv / 30 - Lo que paga la empresa
pago_empresa = min(dias_incapacidad, 2) * (dias_iniciales == "completo" ? valor_dia : max(valor_dia * 2 / 3, piso_dia)) - Lo que paga la EPS
pago_eps = max(min(dias_incapacidad, 90) - 2, 0) * max(valor_dia * 2 / 3, piso_dia) + max(min(dias_incapacidad, 180) - 90, 0) * max(valor_dia / 2, piso_dia) - Lo que paga el fondo de pensiones
pago_fondo = max(min(dias_incapacidad, 540) - 180, 0) * max(valor_dia / 2, piso_dia) - Total de la incapacidad
total_incapacidad = pago_empresa + pago_eps + pago_fondo
Cada fórmula lee lo que produjeron las anteriores por su nombre. Los valores llegan con un ejemplo puesto: cámbialos por los tuyos y vuelve a ejecutar.
¿Y si el cálculo fuera tuyo?
Esta calculadora no está escrita a mano: es un método de Axioma, fórmulas que se ejecutan una detrás de otra. Ábrelo para ver cada paso, cámbialo a tu caso o calcúlalo para toda una nómina desde un Excel.
Diez días de incapacidad con 3 millones de salario
Con un salario de 3.000.000 de pesos el día vale 100.000, y la incapacidad paga dos tercios: 66.666,67 pesos por día. La empresa paga los dos primeros, 133.333,33 pesos, y la EPS los ocho siguientes, 533.333,33. En total son 666.666,67 pesos por los diez días, 333.333,33 menos que el salario de esos días.
Si la empresa decide pagar completos los dos primeros días, como hacen muchas aunque la ley no lo exige, por ellos se reciben 200.000 y el total sube a 733.333,33. La EPS paga lo mismo en los dos casos: su parte empieza el tercer día.
El piso del salario mínimo
La Corte Constitucional, en la sentencia C-543 de 2007, dijo que el pago por incapacidad no puede ser menor que el salario mínimo. En 2026 eso es 58.363,50 pesos al día, así que quien gana menos de 2.626.357,50 pesos al mes —un salario mínimo y medio— recibe ese piso y no los dos tercios de su salario.
El piso pesa más desde el día 91, cuando el pago baja a la mitad del salario. Con 3 millones la mitad son 50.000 pesos al día, menos que el mínimo, así que del día 91 al 180 se pagan 58.363,50. Por eso 120 días de incapacidad con ese salario suman 7.750.905 pesos y no 7.500.000.
Cuando la incapacidad pasa de 180 días
Del día 181 al 540 paga el fondo de pensiones, la misma mitad del salario con el mismo piso, si la EPS emitió antes del día 120 un concepto favorable de rehabilitación. Si no lo emitió, sigue pagando la EPS hasta que lo haga. Pasados 540 días vuelve a pagar la EPS en los casos que prevé el Decreto 780 de 2016.
Con 6 millones de salario y 200 días, la empresa paga 266.666,67, la EPS 20.733.333,33 y el fondo 2.000.000 por los 20 días que pasan de 180: 23.000.000 en total. Las prórrogas por la misma causa siguen contando los días desde la primera incapacidad, y no vuelven a cargar dos días a la empresa.
Lo que este cálculo supone
La base es el ingreso base de cotización del mes anterior a la incapacidad, que para un salario fijo es el salario; con salario variable la empresa usa el promedio del último año para sus dos días. Para que la EPS pague hacen falta al menos cuatro semanas cotizadas justo antes de empezar la incapacidad.
Este cálculo es para la enfermedad general o el accidente común. Si la incapacidad viene de un accidente de trabajo o de una enfermedad laboral, la paga la ARL desde el día siguiente y al 100 % del ingreso base de cotización. Las licencias de maternidad y de paternidad tampoco se calculan así.
Preguntas frecuentes
- ¿Quién paga los dos primeros días de incapacidad?
- La empresa. Desde el tercer día paga la EPS, según el artículo 3.2.1.10 del Decreto 780 de 2016. La ley fija para esos dos días los mismos dos tercios del salario que paga la EPS, aunque muchas empresas los pagan completos por decisión propia.
- ¿Cuánto paga la EPS por una incapacidad en 2026?
- Dos tercios del ingreso base de cotización del mes anterior hasta el día 90 y la mitad del día 91 al 180, sin bajar nunca de 58.363,50 pesos al día, el salario mínimo diario de 2026. Hacen falta al menos cuatro semanas cotizadas antes de la incapacidad.
- ¿Con el salario mínimo la incapacidad se paga completa?
- Sí. Quien gana el salario mínimo recibe su salario completo por cada día de incapacidad, 58.363,50 pesos en 2026, porque el pago no puede ser menor que el mínimo. Lo mismo pasa con cualquier salario por debajo de 2.626.357,50 pesos al mes.
- ¿Qué pasa con la incapacidad después de 180 días?
- Del día 181 al 540 la paga el fondo de pensiones, a la mitad del salario y con el piso del mínimo, si la EPS dio concepto favorable de rehabilitación antes del día 120. Si no lo dio, la sigue pagando la EPS. Más allá de 540 días vuelve a pagar la EPS.