Trabajo y nómina

¿Cuánto cobrar como independiente?

Los honorarios que equivalen a un salario, con todo lo que el empleado recibe y el independiente paga.

$

El salario ordinario, sin el auxilio de transporte.

I · mínimo (0,522 %)

La de la actividad: I es trabajo de oficina, V es alto riesgo.

Deja de cobrar los 15 días hábiles de vacaciones del empleado: unas 3 semanas, 0,74 de un mes.

Entre un contrato y otro, sin cobrar. El empleado cobra todo el año.

Cobra al menos, al mes

$ 4.311.559

Un 43,7 % más que el salario, cobrando 11,26 meses al año. Así te quedan $ 42.811.944 al año, lo mismo que al empleado.

Lo que deja cada contrato
ConceptoEmpleadoIndependiente
Lo que se cobra al mes$ 3.000.000$ 4.311.559
Auxilio de transporte$ 249.095—
Auxilio que no se paga en vacaciones, al año− $ 185.277—
Salud$ 120.000$ 218.863
Pensión$ 120.000$ 280.145
Fondo de Solidaridad$ 0$ 0
Riesgos laboralesLos paga la empresa$ 9.140
Retención en la fuente$ 0$ 0
Neto al mes$ 3.009.095$ 3.803.411
Meses que cobra al año1211,26
Prima, cesantías e intereses, netos$ 6.888.081—
Neto al año$ 42.811.944$ 42.811.953
Lo que cuesta al año a quien contrata$ 51.639.864$ 48.531.763

Cómo se calcula

Calcula los honorarios por prestación de servicios que te dejan lo mismo al año que un salario: con prima, cesantías, vacaciones, aportes a seguridad social y retención, lado a lado.

Un salario y unos honorarios del mismo valor no dejan lo mismo. El empleado recibe además prima, cesantías con sus intereses y vacaciones pagadas, y solo aporta el 4 % a salud y el 4 % a pensión. El independiente no tiene prestaciones y paga él mismo el 12,5 % de salud, el 16 % de pensión y sus riesgos laborales, sobre el 40 % de lo que cobra. Aquí se busca el valor de los honorarios con el que, después de aportes y retención, te queda al año lo mismo que con el salario.

Las reglas que aplica

  1. El empleado: doce salarios con el auxilio si gana hasta dos mínimos, menos en las vacaciones; prima de 30 días, cesantías de un mes con sus intereses del 12 % —exentas hasta un salario de 350 UVT— y 15 días hábiles de vacaciones pagadas. Con salario integral, desde 13 mínimos, no hay prima ni cesantías y aporta sobre el 70 %.
  2. El independiente: salud 12,5 %, pensión 16 %, Fondo de Solidaridad y riesgos laborales de las clases I a III, sobre el 40 % de los honorarios, entre uno y 25 salarios mínimos.
  3. La retención de los dos sale de la tabla del artículo 383, con el 25 % exento; el independiente lo tiene si declara por escrito que no restará costos. La de la prima se calcula aparte.
  4. Para descansar lo mismo que el empleado, el independiente deja de cobrar sus 15 días hábiles de vacaciones: unas 3 semanas, 0,74 de un mes en 2026.
honorarios → neto al año = neto del empleado

¿Tu cálculo no está aquí?

En Axioma escribes tus propias fórmulas en lenguaje humano, o se las describes a la IA y ella las escribe; las ejecutas con tus números, las encadenas paso a paso y las calculas para una hoja entera desde un Excel.

Crear mi propio cálculo

Con un salario de 3 millones, cobra 4.311.559

Un empleado con 3.000.000 de pesos al mes recibe 3.009.095 netos —el auxilio de transporte de 249.095 supera sus descuentos, aunque en las vacaciones no se lo pagan—, más la prima de 3.249.095, las cesantías de 3.249.095 y 389.891 de intereses: 42.811.944 pesos al año, con 15 días hábiles de vacaciones pagadas.

Para que le quede lo mismo, un independiente que descanse esas tres semanas tiene que cobrar 4.311.559 pesos al mes durante los 11,26 meses que factura: un 43,7 % más que el salario. Sobre esos honorarios paga 218.863 de salud, 280.145 de pensión y 9.140 de riesgos laborales, porque el 40 % de lo que cobra no llega a un salario mínimo y cotiza sobre el mínimo.

Por qué la diferencia es mayor en los salarios bajos

El independiente cotiza al menos sobre un salario mínimo, aunque el 40 % de lo que cobra sea menos, y el empleado de salario bajo recibe auxilio de transporte, que entra en su prima y sus cesantías. Por eso, para igualar un salario mínimo de 1.750.905 pesos, hay que cobrar 2.851.200: un 62,8 % más.

En los salarios altos la diferencia baja, porque el empleado también paga retención y Fondo de Solidaridad. Con 8 millones de salario, los honorarios equivalentes son 10.854.913, un 35,7 % más, y el independiente ya paga 425.136 de retención al mes.

Los meses sin contrato también cuentan

El cálculo supone que el independiente descansa lo mismo que el empleado y deja de facturar sus tres semanas de vacaciones. Si no descansa y cobra los doce meses, le bastan 4.075.810 pesos frente a los 3 millones de salario: un 35,9 % más.

Si, además de descansar, pasa un mes al año sin contrato, entre uno y otro, tiene que cobrar 4.722.474, un 57,4 % más. Los meses sin contrato son el costo que más se olvida al poner una tarifa.

Lo que cuesta cada contrato a quien contrata

Al empleador, el empleado de 3 millones le cuesta 51.639.864 pesos al año con aportes y prestaciones —las vacaciones van dentro de los doce salarios—, suponiendo una empresa exonerada de salud, ICBF y SENA por los salarios menores de diez mínimos. El independiente de 4.311.559 le cuesta 48.531.763 por los 11,26 meses que factura: aun cobrando un 43,7 % más, sale más barato.

Por eso una tarifa justa no es la de un salario: es la que cubre lo que el independiente paga y deja de recibir. Un contrato de prestación de servicios que en la práctica es un empleo —con horario, subordinación y un solo contratante— sigue siendo un contrato de trabajo, y la diferencia se puede reclamar.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto más debe cobrar un independiente que un empleado?
Depende del salario: un 62,8 % más con un salario mínimo, un 43,7 % con 3 millones y un 35,7 % con 8 millones, si descansa lo mismo que el empleado y no pasa meses sin contrato. Cada mes sin contrato pesa: con 3 millones, uno solo al año lleva la diferencia al 57,4 %.
¿Y si el salario es integral?
Desde 13 salarios mínimos, 22.761.765 pesos en 2026, es habitual el salario integral, que ya incluye las prestaciones: no hay prima ni cesantías aparte y los aportes van sobre el 70 %. La herramienta compara con un salario ordinario salvo que marques que es integral. Con 30 millones integrales, los honorarios equivalentes son 34.517.594, un 15,1 % más.
¿Sobre qué valor paga seguridad social un contratista?
Sobre el 40 % de lo que cobra cada mes, sin IVA, y nunca sobre menos de un salario mínimo ni más de 25: el 12,5 % a salud, el 16 % a pensión y los riesgos laborales de su clase. En las clases IV y V los riesgos laborales los paga quien lo contrata.
¿A un independiente le hacen retención en la fuente?
Sí, con la misma tabla del artículo 383 que a los empleados, desde la Ley 2277 de 2022. Si entrega una declaración escrita diciendo que no restará costos ni gastos, se le resta además el 25 % exento; sin ella, no. Con honorarios de hasta unos 7,4 millones al mes no hay retención: después de aportes y del 25 % exento, la base no llega a 95 UVT.
¿Y la declaración de renta?
Este cálculo compara lo que llega cada mes después de la retención, no el impuesto del año, que se liquida en la declaración con todos los ingresos, las deducciones y lo ya retenido. Para la mayoría de salarios y honorarios de este rango la retención y el impuesto se parecen, pero no son lo mismo.